PERMISOS DE TRABAJO EN FRIO

El objetivo de un permiso de trabajo es garantizar que se brinden todas las garantías (equipo, EPPs, tiempo, espacio), a la persona que ejecutará la labor. El permiso de trabajo pretende mitigar los niveles de accidentalidad, pues brinda un panorama completo de los riesgos asociados a la tarea y la falta de coordinación entre producción y mantenimiento.

En España se creó un formato de permiso para trabajos especiales (PTE), que incluye los permisos de trabajo en caliente, trabajos en frío y entrada de recipientes.

Un permiso de trabajo es: una lista de verificación, que facilita la identificación de riesgos asociados a la ejecución del trabajo y que permite reconocer las condiciones.

De acuerdo con la NTP 30: Permisos de trabajos especiales, define los trabajos en frío como: “Son las operaciones que normalmente se realizan sin generar calor pero que se efectúan en instalaciones por las que circulan o en las que se almacenan fluidos peligrosos. Comprenden trabajos tales como: reparaciones en las bombas de trasvase de líquidos corrosivos, sustitución de tuberías.” - NTP30 pág.2 El esquema con el cual funcionan estos permisos, se puede ver en la Figura No. 7

De acuerdo con la propuesta española, la idea es simplificar formatos y que uno solo, sea polivalente, con el fin de agilizar los trámites.

“Los impresos de Permiso de Trabajos Especiales (P.T.E.) deben ir siempre unidos a su correspondiente Petición de Trabajo.

Se extenderán por triplicado (original y dos copias), una copia será la matriz y quedará unida al talonario en poder de producción. El original y la primera copia se entregará a Mantenimiento, quien una vez lo tenga cumplimentado entregará el original al operario ejecutor del trabajo, el cual firmará el enterado en el original y en la copia que quedará en poder de Mantenimiento. Una vez cumplido el trabajo la copia pasará al Departamento de Prevención.

A Producción le corresponde, en exclusiva, la generación del P.T.E., bien sea por propia iniciativa o a petición de Mantenimiento cuando éste crea necesario adoptar medidas especiales por cuanto el trabajo puede generar algún riesgo contemplado o no en la Normativa de trabajos especiales.

Las únicas personas capacitadas para autorizar con su firma un P.T.E. son los Jefes de Planta o de Sección, los Jefes de Turno y los jefes o Encargados de Mantenimiento.

Se colocará la marca en la casilla SI cuando la contestación al enunciado sea totalmente positiva.

Se colocará la marca en la casilla NO cuando el trabajo o la operación objeto del enunciado no se haya efectuado, pero deba realizarse obligatoriamente. En este caso en el espacio de "Instrucciones Complementarias" debe reseñarse quién y cuándo deberá realizarla. Se colocará la marca en la casilla No P. (NO PRECISO) cuando la operación objeto del enunciado no se haya realizado y el no hacerlo no represente existencia de riesgos o incumplimiento de alguna norma de seguridad.

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