Pueden ser comerciantes todas aquellas personas que se encuentren en capacidad de contratar y de adquirir obligaciones, aquellos que se consideren inhábiles no pueden ser comerciantes. Por ejemplo, no pueden ser comerciantes un niño de 5 años O una persona que sufra de demencia, etc.
También establece la norma que no pueden ser comerciantes los funcionarios públicos ni los administradores de las compañías (gerentes, socios y accionistas), respecto a negocios que se ejerzan dentro de la empresa que representan, porque lo determina la ley o una decisión judicial o cuando una persona quede inhabilitada para ejercer el comercio.
CÓMO SE PRUEBA QUE UNA PERSONA ES COMERCIANTE
La prueba de la calidad de comerciante es libre. No hay una regla que esté determinada en el Código de Comercio, sin embargo lo que se debe probar es que esa persona ejerza actos de comercio. Si se trata de una empresa la prueba la constituye la Cámara de Comercio de la sociedad o la Escritura Pública en la que se constituye la sociedad.