Planes de acción o mejoramiento de accidentes de trabajo

PLANES DE ACCIÓN O MEJORAMIENTO DE ACCIDENTES DE TRABAJO

Hasta este momento se ha revisado como generar un trabajo seguro, medidas preventivas y la forma de realizar análisis de los riesgos, veamos ahora cual es el procedimiento posterior a la presentación de un accidente de trabajo.

El Decreto 1072 de 2015 establece que los empleadores desarrollen un proceso lógico y por etapas, que se encuentre basado en la mejora continua, con el objetivo de gestionar los peligros y los riesgos que puedan afectar a la seguridad y a la salud en el trabajo denominado SG-SST, en el Capítulo VII - Mejoramiento continuo del SG-SST: acciones preventivas y correctivas, enuncia que las empresas deben procurar la implementación del SG-SST, pero también, velar por su mejoramiento mediante la formulación de acciones correctivas y preventivas. Como es un sistema de gestión se hace mediante el ciclo PHVA.

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• Prevenir: se analizan las situaciones a corregir o riesgos identificados que puedan convertirse en accidentes o enfermedades de origen laboral.
• Hacer: es cuando se implementan las medidas que han sido planificadas o determinadas para corregir los riesgos.
• Verificar: se confirma si las medidas preventivas o correctivas fueron suficientes para mitigar los riesgos.
• Actuar: si no ha habido solución definitiva se vuelve a iniciar el ciclo para determinar nuevas acciones a implementar.


Fuente: https://acciontactica.files.wordpress.com/2018/06/phva-para-el-sg-sst.png?w=723

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Procedimiento:
1. Defina el alcance del plan: es determinar hacia cual área va dirigido o es hacia un proceso etc.
2. Reúna toda la información.
3. Identifique procesos, acciones, situaciones etc. que generen los riesgos y sus consecuencias.
4. Determine los controles que se pueden establecer para controlar cada riesgo.
5. Establezca la probabilidad de presentación de cada riesgo y priorice.

6. Determine el impacto de cada uno de ellos.
7. Determine el nivel del riesgo.
8. Planee las estrategias tanto de mitigación y contingencia.
9. Socialice el plan con todos los actores involucrados (directivos, trabajadores, administrativos, etc.) e impleméntelo.
10. Evalúe de manera permanente para conocer si hay mejoras o por el contrario requiere de una reformulación.

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REPORTE DE ACTOS Y CONDICIONES INSEGURAS

Un Acto inseguro son todas las acciones y decisiones humanas, que pueden causar una situación insegura o incidente, con consecuencias para el trabajador, la producción, el medio ambiente y otras personas. También el comportamiento inseguro incluye la falta de acciones para informar o corregir condiciones inseguras.

La Condición insegura son las circunstancias del medio o entorno laboral que podrían dar origen a la ocurrencia de un incidente o a un accidente de trabajo.

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El Decreto 1072 de 2015 establece el auto reporte de condiciones de trabajo y salud, que consiste en que cada funcionario o contratista reporte por escrito al empleador o contratante las condiciones adversas de seguridad y salud que identifique en su lugar de trabajo. Se reportan tanto los actos como las condiciones inseguras de manera inmediata a la ocurrencia de estos, se diligencia el formato establecido y posteriormente se envía al área de SST, la cual en conjunto con el responsable del acto o condición insegura y el jefe del área definen las acciones correctivas.

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La identificación se hace de manera individual o colectiva de la siguiente forma:

• Observe a diario el área de trabajo e informe si encuentra anormalidades.
• Si es un jefe de área revise cada una de las zonas y establezca si hay situaciones fuera de lo normal.
• En las reuniones del COPASST cada integrante debe reportar las condiciones o actos inseguros que haya evidenciado, con el fin de analizar las medidas correctivas a implementar, las cuales deben contar con una fecha límite para su realización.
• Evaluar la efectividad de las medidas implementadas.
• Dar a conocer a todas las personas de la empresa los resultados obtenidos y dejar constancia de estos en las actas de reuniones del COPASST.

INCLUSIÓN DE LA ACCIDENTALIDAD EN EL INFORME ANUAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS

El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST está enfocado en preservar, mantener y mejorar la salud de los trabajadores. Recordemos que en la Resolución 0312 de 2019. Estándares mínimos del SG-SST se establece que:

• Llevar registro estadístico de los accidentes de trabajo que ocurren, así como de las enfermedades laborales que se presentan; se analiza este registro y las conclusiones derivadas del estudio son usadas para el mejoramiento del Sistema de Gestión de SST.
• Medir la frecuencia de los accidentes como mínimo una (1) vez al mes y realizar la clasificación del origen del peligro/riesgo que los generó (físicos, de químicos, biológicos, seguridad, públicos, psicosociales, entre otros).
• Medir la severidad de los accidentes de trabajo como mínimo una (1) vez al mes y realizar la clasificación del origen del peligro/riesgo que los generó (físicos, químicos, biológicos, de seguridad, públicos, psicosociales, entre otros).

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• Medir la mortalidad por accidentes como mínimo una (1) vez al año y realizar la clasificación del origen del peligro/riesgo que los generó (físicos, químicos, biológicos, de seguridad, públicos, psicosociales, entre otros).
• Medir el ausentismo por incapacidad de origen laboral y común, como mínimo una (1) vez al mes y realizar la clasificación del origen del peligro/riesgo que lo generó (físicos, ergonómicos, o biomecánicos, químicos, de seguridad, públicos, psicosociales, entre otros).
• Realizar la identificación de peligros y evaluación y valoración de los riesgos con participación de los trabajadores de todos los niveles de la empresa y actualizarla como mínimo una (1) vez al año y cada vez que ocurra un accidente de trabajo mortal o un evento catastrófico en la empresa o cuando se presenten cambios en los procesos, en las instalaciones, o maquinaria o equipos.
• En el artículo 30 señala lo siguiente con respecto a los indicadores que debe llevar la empresa y su periodicidad: a partir del año 2019, las empresas anualmente llevarán un registro de los indicadores de SST, entre los cuales se determinará: frecuencia de accidentalidad, severidad de accidentalidad, proporción de accidentes de trabajo mortales, prevalencia de la enfermedad laboral, incidencia de la enfermedad laboral y ausentismo por causa médica.

Todos los indicadores mencionados deben de formar parte de los informes anuales de la empresa para que se pueda realizar la autoevaluación conforme a la Tabla de Valores y la Calificación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST, mediante el diligenciamiento del formulario de evaluación establecido en el artículo 27 de la Resolución. A partir de esta evaluación se debe elaborar el Plan de Mejora y formular el Plan Anual del Sistema de Gestión de SST del siguiente año.

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OTROS RECURSOS

NOMBRE DE RECURSO DESCRIPCIÓN DE RECURSO ENLACE
Resolución 0312 de 2019 Documento PDF Clic para abrir link
Decreto 1072 de 2015 Documento PDF Clic para abrir link